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El registro de la Pyme ante el MEIC se puede hacer en Internet. REPRODUCCIÓN EF

Dos tipos de registros para su empresa

Puede obtener la personería jurídica en el Registro Nacional o inscribir el negocio ante el MEIC con varios beneficios para su negocio
26/11/2012 - 8:31am

Carlos Cordero
pyme@elfinancierocr.com

La informalidad le cierra puertas y su empresa debe mantenerse en la supervivencia, con riesgos tributarios, de seguridad y de operación. El registro de la empresa, por el contrario, le da la tranquilidad de funcionar en orden y con las puertas abiertas para consolidar el negocio y crecer.

Andrea Arias, directora general de la pequeña y mediana empresa (Digepyme), del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), explica las opciones y el procedimiento para registrarse como Pyme en esa entidad.

FORMALICE SU NEGOCIO

Personería Jurídica
Una personería jurídica se rige bajo el Código de Comercio y es un sujeto de derechos y obligaciones que puede ser creada por un grupo de personas para asumir una actividad. En Costa Rica, toda personería jurídica debe inscribirse en el Registro Nacional con un protocolo elaborado por un Notario.

Registro Pyme
Por su parte la inscripción de micro, pequeña o mediana empresa (Pyme) está regulada por la Ley 8262 “Ley de Fomento a las pequeñas y medianas empresas”, cuyo registro se efectúa en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

CÓMO REGISTRARSE
Para inscribirse como Pyme lo pueden hacer tanto las personas físicas como las jurídicas, siempre y cuando cumplan las disposiciones de la Ley 8262 y su reglamento.

Los requisitos para la inscripción Pyme son:
-Completar el formulario de inscripción de Registro Pyme que se encuentra en www.meic.go.cr y en www.pyme.go.cr
-Debe demostrar que cumple con las obligaciones tributarias (copia de la última D101 o D105)
-Debe demostrar que cumple con la seguridad social (copia de la última planilla CCSS o copia del último recibo de pago de la prima de una póliza de riesgos de trabajo del INS que demuestre que está vigente).

Puede presentar los documentos en las oficinas de Digepyme o en las Creapymes. También puede realizar la inscripción online enwww.siec.go.cr para eso debe:
-Registrarse como usuario en www.siec.go.cr
-Introducir las claves preestablecidas.

Empezar a hacer la inscripción pulsando el botón de Registro con Condición Pyme y completar la información que se le solicita mediante cinco pasos.

Previo a ello, debe escanear la documentación respectiva para adjuntarlos al final del procedimiento.

BENEFICIOS PYME

La ley 8262 establece una serie de beneficios para las Pyme registradas en el MEIC y se han desarrollado una serie de políticas públicas con el propósito de fortalecer la competitividad de las empresas, tales como:

-Tributarios:
Exoneración a las micro y pequeñas empresas del pago del impuesto a las personas jurídicas, establecido mediante la ley 9024

-Financiamiento:
a. Fondos Propyme: recursos no reembolsables en el desarrollo de proyectos de innovación y tecnoología.
b. Fondos Fodemipyme: avales, garantías y créditos.
c. Sistema de Banca para el Desarrollo: avales, garantías y créditos.
d. Otras opciones del sistema bancario.

-Servicios de Desarrollo Empresarial:
a. Capacitación
b. Asesoría
c. Acompañamiento

-Compras del Estado:
a. Preferencia a Pymes en igualdad de condiciones a empresas que no son Mipymes.
b. Posibilidad de no entregar garantía de participación.
c. Factoreo para flujo efectivo.
d. Pago por adelatado

-Promoción exportadora:
Si la empresa tiene vocación exportadora se le da apoyo dentro de los programas de la Promotora de Comercio Exterior (Procomer).

Envíenos sus consultas específicas y serán respondidas por expertos, con la colaboración de toda la comunidad PYME.

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Emilio Zevallos V., es consultor internacional e investigador especialista en micro, pequeñas y medianas empresas de América Latina.